El máximo tribunal analizará los amparos contra cambios al PDU de Mahahual y la construcción de una obra junto a la laguna de Bacalar; en ambos asuntos están en juego criterios sobre justicia ambiental y protección del patrimonio natural
REDACCIÓN
CHETUMAL.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió atraer dos procesos de amparo con implicaciones para la defensa de los derechos ambientales en Quintana Roo: el relacionado con el cambio de uso de suelo para el proyecto Perfect Day, en Mahahual, y el de la construcción de una casa militar junto a la laguna de Bacalar.
Por unanimidad, la Corte decidió ejercer su facultad de atracción para conocer los recursos relacionados con las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano (PDU) de Mahahual, aprobadas por el Ayuntamiento de Othón P. Blanco para favorecer el proyecto de la naviera Royal Caribbean, que finalmente no se concretó debido a que las autoridades ambientales federales negaron su autorización.
El máximo tribunal señaló que deberá determinar si las modificaciones al PDU pueden impugnarse como una norma que produce efectos por sí misma o como un acto administrativo. También establecerá desde cuándo debe comenzar a correr el plazo para impugnarlas.
La asociación Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), que solicitó la atracción, destacó que la decisión permitirá analizar los planteamientos de ciudadanos que han cuestionado las modificaciones desde la perspectiva del derecho humano a un medio ambiente sano y el acceso a la justicia ambiental.
El caso deriva de tres juicios de amparo promovidos por habitantes de Mahahual, rechazados por el Juzgado Primero de Distrito de Chetumal. Los recursos de queja 76/2026, 112/2026 y 113/2026 se encontraban ante el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.
Entre los temas que deberá analizar la Corte están el interés legítimo de las comunidades para impugnar decisiones de planeación urbana, los plazos para promover amparos en materia ambiental y la aplicación de principios como el precautorio, la participación ciudadana y el in dubio pro natura.
La Corte también atrajo la revisión de la suspensión definitiva negada a menores de Bacalar que solicitaron detener la construcción de la casa militar junto a la laguna. El asunto corresponde al recurso de revisión incidental 57/2026, radicado ante el Segundo Tribunal Colegiado de Cancún.
En este caso, el máximo tribunal deberá determinar si, ante obras de infraestructura que puedan causar daños graves al patrimonio natural y cultural de comunidades indígenas, debe aplicarse el principio precautorio para conceder la suspensión, flexibilizando el estándar probatorio en atención al interés superior de la niñez y la equidad intergeneracional, o si debe exigirse acreditar una afectación real y directa conforme a la reforma de 2025 a la Ley de Amparo.






