12 agosto, 2026

DÍA DEL PADRE: SIN EQUIDAD DE GÉNERO

Mientras las políticas públicas en favor de la igualdad sustantiva consolidan una presencia femenina sin precedentes en los espacios de representación y poder, miles de padres describen un sistema de justicia familiar que perciben desfavorable en procesos de custodia, manutención y violencia intrafamiliar

SALVADOR CANTO / EQUIPO DE INVESTIGACIÓN DE EL DESPERTADOR

Cada tercer domingo de junio, México celebra el Día del Padre. Las redes sociales se llenan de fotografías familiares, mensajes de agradecimiento, reuniones, regalos y reconocimientos para quienes desempeñan la labor de criar, proteger y acompañar a sus hijos. Es una fecha que, al menos en apariencia, busca equilibrar el enorme peso cultural que históricamente ha tenido el Día de la Madre dentro de la sociedad mexicana.

Durante décadas, en Quintana Roo, como en todo el país, la discusión pública se concentró en corregir desigualdades históricas que afectaban a las mujeres. Sin embargo, para miles de padres mexicanos, el resultado de ese proceso terminó generando un nuevo desequilibrio. Lo que debía ser una balanza de igualdad se convirtió, sostienen, en un sistema donde las mujeres suelen partir con ventaja en conflictos familiares, disputas por la custodia de los hijos y procesos relacionados con la manutención.

Para quienes defienden esta postura, el fenómeno no se limita a los tribunales, pues argumentan que la tendencia también puede observarse en la vida pública y política del país, donde las reformas de paridad han impulsado una presencia femenina sin precedentes en cargos de elección popular. Sus críticos sostienen que la discusión ya no gira únicamente en torno a la igualdad de oportunidades, sino a determinar si algunas políticas han terminado privilegiando el género por encima de criterios como la experiencia, la trayectoria o el mérito individual.

La discusión se vuelve todavía más compleja cuando se analizan tres elementos que con frecuencia terminan mezclándose: la percepción social, lo que establece la ley y la realidad que viven miles de personas.

La percepción dominante sostiene que los hombres continúan gozando de privilegios estructurales por el simple hecho de ser hombres. La ley, por su parte, establece formalmente la igualdad entre hombres y mujeres ante las instituciones. Sin embargo, la realidad que describen numerosos padres separados, litigantes y organizaciones civiles parece contar una historia distinta.

Custodias que con frecuencia se otorgan a la madre, obligaciones alimentarias estrictas y denuncias por violencia familiar que, según diversos testimonios, suelen partir de presunciones desfavorables para los hombres alimentan la idea de una justicia que, en la práctica, no siempre se percibe neutral.

No se trata de desconocer los avances en materia de igualdad ni las luchas históricas de las mujeres, sino de plantear una pregunta de fondo: si la igualdad puede considerarse plena cuando una parte de la población percibe una nueva asimetría institucional.

Quizá el Día del Padre sea el momento ideal para abrir una conversación cada vez más presente en distintos sectores de la sociedad: si la igualdad, en algunos ámbitos, dejó de ser neutral.

El origen de una celebración que nunca tuvo el mismo peso

El Día del Padre nació en 1910 en Estados Unidos, impulsado por la poeta, diseñadora y empresaria Sonora Smart Dodd, quien buscaba reconocer el esfuerzo de su padre, un veterano de la Guerra Civil que crió solo a sus hijos tras la muerte de su esposa. Décadas después, en 1966, el presidente Lyndon B. Johnson oficializó la conmemoración el tercer domingo de junio, una tradición que posteriormente fue adoptada por México y buena parte de América Latina.

En territorio mexicano, la fecha comenzó a difundirse durante la década de 1950 mediante escuelas, organizaciones civiles y campañas comerciales. Sin embargo, nunca alcanzó el peso simbólico del Día de las Madres.

La diferencia parece menor, pero resulta reveladora. Mientras el 10 de mayo cuenta con una fecha fija, forma parte de la identidad cultural del país y moviliza celebraciones masivas, el Día del Padre permanece como una festividad móvil y considerablemente más discreta.

Para algunos se trata simplemente de una tradición. Para otros, refleja una realidad más profunda: la maternidad fue colocada durante décadas en el centro de la narrativa familiar mexicana, mientras la figura paterna quedó asociada principalmente al papel de proveedor. Quizá por ello, cada tercer domingo de junio no solo representa una celebración, sino también una oportunidad para preguntarse qué lugar ocupan hoy los padres dentro de una sociedad que dice buscar la igualdad.

De la igualdad a la paridad: cuando la balanza comenzó a moverse

Durante décadas, la igualdad de género tuvo un objetivo claro: abrir espacios para que las mujeres participaran en condiciones equitativas dentro de la vida pública. Hoy, los resultados son visibles. México tiene una presidenta de la República, 13 gobernadoras en funciones, alrededor de 750 presidentas municipales y una representación legislativa femenina que supera el 50 por ciento en el Congreso de la Unión.

Para los defensores de las políticas de paridad, estas cifras representan la corrección de una deuda histórica y el triunfo de una lucha legítima por la igualdad de oportunidades. Sin embargo, sus críticos sostienen que el debate ha cambiado.

La pregunta ya no es si las mujeres tienen acceso al poder, porque los números demuestran que sí. La nueva discusión gira en torno a si algunas políticas públicas han comenzado a privilegiar el género por encima de factores como la experiencia, la trayectoria o el mérito individual.

La polémica surge precisamente ahí. Lo que para unos representa un avance histórico, para otros es una señal de que la balanza dejó de buscar equilibrio y comenzó a inclinarse hacia el extremo contrario. Esa percepción, compartida por diversos sectores, es la misma que aparece más adelante en debates relacionados con la justicia familiar, la custodia de los hijos y los derechos de los padres.

Marco legal y contexto jurídico de la igualdad

En México, la igualdad entre hombres y mujeres está garantizada en el artículo 4º constitucional, que establece que ambos son iguales ante la ley. Este principio se desarrolla en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, que obliga al Estado a promover condiciones de igualdad sustantiva en todos los ámbitos.

En materia familiar, los códigos civiles estatales establecen que la custodia de los hijos no responde a un criterio automático de género, sino al interés superior de la niñez, principio reforzado por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En teoría, esto significa que madre y padre parten en igualdad de condiciones ante un juicio.

Sin embargo, datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y del Poder Judicial señalan que, en la mayoría de los casos de separación con hijos menores, la custodia suele otorgarse a la madre en un porcentaje superior al 70 por ciento, aunque con variaciones según el estado y el tipo de procedimiento. Organismos como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) México han subrayado que esta tendencia no necesariamente implica un sesgo legal, sino que también responde a factores sociales, acuerdos previos entre las partes y dinámicas familiares.

El Poder Judicial de la Federación ha reiterado que las resoluciones deben basarse exclusivamente en pruebas, evaluaciones psicológicas y condiciones de bienestar del menor, no en estereotipos de género. Aun así, el debate público persiste entre la norma jurídica y la percepción social de su aplicación.

La “ruleta rusa” del Poder Judicial y la presión social

¿Cómo se puede juzgar con neutralidad cuando el juzgador está bajo el escrutinio constante de la opinión pública? Abogados que llevan casos de divorcio consultados por El Despertador advierten que los procesos familiares no se desarrollan en aislamiento: la exposición en redes sociales y la reacción inmediata de la opinión digital pueden generar presión adicional sobre asuntos sensibles, especialmente cuando trascienden fuera del expediente judicial.

Ante ello y con motivo del Día del Padre, se buscó la opinión de una autoridad. Fue la jueza del Juzgado Primero Familiar Oral, Aholibama Torres Bui, quien reconoció que persiste entre numerosos padres la percepción de desventaja al llegar a los tribunales. Señaló que la presión social y la interpretación de la perspectiva de género han alimentado la idea de un favorecimiento automático hacia las mujeres en asuntos de custodia, convivencia y pensiones alimenticias.

Además, sostuvo que las resoluciones judiciales deben basarse estrictamente en pruebas, dictámenes especializados y el interés superior de niñas, niños y adolescentes, y no en cuestiones de género.

De hecho, algunos litigantes sostienen que, aunque la labor jurisdiccional se rige por el expediente, en casos de alta exposición pública —particularmente en redes sociales— donde se acusa sin sustento al padre de ser responsable de determinadas conductas, un fallo judicial a su favor puede generar manifestaciones y episodios de tensión que podrían incluso derivar en ataques a las instalaciones judiciales por algunos grupos feministas, a lo cual las autoridades no se quieren arriesgar y, por eso, optan por favorecer a la mujer.
Aun así, especialistas y autoridades subrayan que la ley mantiene su principio de neutralidad. Entre esa garantía institucional, la percepción de los padres y la presión del entorno social, la distancia entre la justicia formal y la experiencia vivida permanece abierta dentro y fuera de los juzgados.

Justicia bajo presión: el juicio fuera del tribunal

Las leyes están diseñadas para aplicarse dentro de los tribunales. Sin embargo, en la era de las redes sociales, muchos procesos familiares parecen comenzar mucho antes de que un juez revise el expediente.

Abogados, litigantes y padres consultados por El Despertador coinciden en un fenómeno cada vez más frecuente: la discusión pública suele construirse a partir de percepciones inmediatas, donde el hombre es señalado como responsable antes de que exista una resolución judicial definitiva. Basta una publicación en redes sociales o una denuncia pública para que cientos de opiniones emitan una sentencia anticipada.

Las autoridades judiciales sostienen que los juzgadores deben resolver exclusivamente con base en pruebas y conforme a la ley. No obstante, la creciente exposición mediática de los conflictos familiares ha generado dudas entre algunos sectores sobre la influencia que puede ejercer la presión social en determinados casos.

La percepción no necesariamente refleja la realidad jurídica. Sin embargo, tiene consecuencias reales. Para muchos padres, el desgaste emocional no proviene únicamente del proceso legal, sino también del juicio paralelo que se desarrolla en redes sociales, espacios laborales y círculos familiares.

La pregunta vuelve a aparecer. Si la justicia debe ser imparcial y los expedientes se resuelven con pruebas, ¿hasta qué punto las presiones externas logran influir en la forma en que la sociedad interpreta —e incluso anticipa— el resultado de un conflicto familiar?

Divorcio: cuando la igualdad entra a los tribunales

El aumento de los divorcios en México ha modificado profundamente la dinámica familiar y colocado a miles de padres frente a procesos legales que, en muchos casos, terminan definiendo el futuro de la convivencia con sus hijos. En la Península de Yucatán, la tendencia resulta particularmente visible. Campeche registra una de las tasas de divorcio más altas del país y Quintana Roo se mantiene entre las entidades con mayor incidencia, reflejando una transformación constante en la estructura familiar.

En teoría, la legislación mexicana establece que hombres y mujeres cuentan con los mismos derechos y obligaciones frente a los tribunales familiares. La custodia, la convivencia y las pensiones alimenticias deben resolverse bajo criterios de igualdad y privilegiando siempre el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Sin embargo, la realidad parece ser más compleja. Diversos padres entrevistados por El Despertador aseguran que los procesos de separación suelen venir acompañados de una sensación persistente de desventaja. Algunos afirman que deben demostrar constantemente su capacidad para ejercer la paternidad, mientras que otros consideran que la figura materna continúa gozando de una ventaja cultural difícil de ignorar.

La ley habla de igualdad. Los procedimientos judiciales también. Pero cuando una familia se rompe y el conflicto llega a los tribunales, muchos padres sostienen que la discusión deja de ser exclusivamente jurídica para convertirse en una batalla donde la percepción social sigue teniendo un peso determinante.

La pensión alimenticia: entre la experiencia de los padres y el marco legal

Pocos temas generan tanta tensión entre los padres separados como la pensión alimenticia. La legislación mexicana establece que ambos progenitores están obligados a contribuir al sostenimiento de sus hijos de acuerdo con sus posibilidades económicas y las necesidades de los menores. Sin embargo, en la práctica, son los hombres quienes con mayor frecuencia enfrentan procedimientos relacionados con esta obligación.

Un padre entrevistado por El Despertador relató una experiencia que ilustra la incertidumbre que rodea estos procesos. Antes de ser demandado, decidió acudir voluntariamente a un juzgado familiar para fijar una aportación económica para sus hijos. La primera respuesta que recibió fue desconcertante: un funcionario le sugirió declararse desempleado y ofrecer una cantidad mínima. Más tarde, al plantear una aportación voluntaria de 2 mil 500 pesos mensuales, otra funcionaria consideró que, si podía cubrir esa cantidad, probablemente podría aportar el doble.

El caso no prueba una práctica generalizada, pero sí refleja una percepción recurrente entre algunos padres: la sensación de que la buena fe puede convertirse en un argumento en su contra.

Desde el punto de vista jurídico, la pensión alimenticia no tiene un monto fijo establecido en la ley. El Código Civil Federal señala que su cálculo depende de dos factores: las necesidades del menor y la capacidad económica del progenitor obligado a cubrirla. En la práctica judicial, los jueces suelen fijar porcentajes que van del 15% al 30% del ingreso para un hijo, mientras que en casos de dos o más menores pueden incrementarse hasta entre 40% y 50%, dependiendo de las circunstancias particulares.

En términos legales, la obligación alimentaria no está ligada al género. Aunque en la práctica la mayoría de los casos involucran a padres obligados al pago, la legislación mexicana también contempla escenarios en los que las mujeres pueden ser sujetas a esta obligación cuando las condiciones económicas o de custodia así lo determinan.

La obligación alimentaria incluye no solo alimentos, sino también vivienda, vestido, educación, salud y todo lo necesario para el desarrollo integral del menor. Este derecho es irrenunciable, ya que pertenece directamente a los hijos.

El pago puede extenderse hasta los 21 años si los hijos continúan estudiando o no cuentan con independencia económica. En caso de incumplimiento, la ley contempla medidas como el embargo de salario, la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y sanciones penales que pueden alcanzar varios años de prisión, dependiendo de la legislación aplicable en cada estado.

La ley busca garantizar el bienestar de los hijos. Nadie discute ese principio. La pregunta de fondo permanece abierta: ¿cómo se equilibra la obligación legal con la percepción de algunos padres que sienten que el sistema no siempre opera de manera neutral en la práctica?

Marco legal de la violencia familiar y de pareja

En el sistema jurídico mexicano, la violencia ejercida dentro del entorno familiar está reconocida y regulada sin distinción de género. La ley contempla que toda persona tiene derecho a vivir libre de violencia, ya sea física, psicológica, sexual o económica.

Cuando las agresiones ocurren dentro de una relación de pareja o entre integrantes de una familia, el marco legal las clasifica como violencia familiar o violencia doméstica. En el caso de la violencia ejercida históricamente contra las mujeres, la legislación y las políticas públicas la han desarrollado bajo el enfoque de violencia de género, al reconocer contextos de desigualdad estructural.

Las normas mexicanas establecen mecanismos de denuncia, protección y sanción para todas las personas afectadas. Sin embargo, especialistas en justicia familiar señalan que la visibilidad de los casos, así como el acceso a instituciones de apoyo, puede variar dependiendo del contexto social, cultural y de género.

En este sentido, el marco legal parte del principio de neutralidad, aunque su aplicación y percepción social siguen siendo objeto de debate.

Violencia contra hombres: una cifra silenciosa

Aunque la violencia familiar suele asociarse principalmente a las mujeres como víctimas, los datos muestran que los hombres también forman parte de esta realidad, aunque con menor visibilidad pública y estadística.

De acuerdo con encuestas del INEGI, entre el 23% y el 27% de los hombres ha reportado haber sufrido algún tipo de violencia por parte de su pareja en algún momento de su vida, incluyendo agresiones físicas, psicológicas, económicas o emocionales. Sin embargo, una proporción significativamente menor de estos casos llega a las autoridades.

Especialistas atribuyen este subregistro a factores culturales, estigmas relacionados con la masculinidad y el temor a no ser tomados en serio dentro de los procesos institucionales. Esto provoca que muchos casos permanezcan sin denuncia formal o sin seguimiento adecuado.

En las afueras de los juzgados familiares se recogieron testimonios de hombres que, aunque solicitaron mantener en reserva su identidad, afirmaron haber vivido situaciones de violencia sin acudir a instancias legales, principalmente por miedo al juicio social o a ser percibidos como responsables del conflicto.

La ley reconoce que toda persona tiene derecho a la protección frente a la violencia, sin importar su género. Sin embargo, la diferencia entre lo que establece el marco jurídico y lo que efectivamente se denuncia plantea una brecha persistente en la atención de este fenómeno.

¿Existen apoyos institucionales para los hombres?

El debate sobre igualdad y paternidad también plantea una pregunta institucional: ¿qué tipo de atención reciben los hombres en situaciones de violencia o conflictos familiares en Quintana Roo? Actualmente, las principales políticas públicas de género están orientadas a la atención de mujeres, especialmente en casos de violencia, asesoría legal y acompañamiento psicológico.

El Instituto Quintanarroense de la Mujer concentra gran parte de los programas estatales en esta materia. Sin embargo, su enfoque prioritario está dirigido a mujeres, adolescentes y niñas, de acuerdo con su marco institucional. En contraste, no existe en el estado un Instituto del Hombre ni una dependencia especializada en la atención integral de la paternidad o de los conflictos específicos que enfrentan los varones en procesos familiares.

Los hombres que requieren apoyo suelen ser canalizados a instancias generales como el DIF, la Defensoría Pública o los Centros de Justicia, dependiendo del tipo de caso. Aunque estos servicios pueden atender situaciones de violencia o brindar asesoría jurídica, no existe una política pública específica enfocada en la experiencia masculina dentro del ámbito familiar.

Especialistas y actores institucionales señalan que esta ausencia abre un debate sobre la necesidad de ampliar el enfoque de las políticas familiares, mientras que otros consideran que responde a la prioridad histórica de atender desigualdades estructurales.

Del proveedor al abandono: la vejez invisible

Cada Día del Padre suele estar acompañado de reuniones familiares, fotografías y mensajes de reconocimiento. Sin embargo, existe una realidad mucho menos visible: el abandono que enfrentan numerosos hombres durante la vejez.

De acuerdo con Carla Valeria de la Torre Casarín, coordinadora de Personas Adultas Mayores del DIF Benito Juárez, la mayoría de las personas adultas mayores que llegan en condición de abandono son hombres. Actualmente, la Casa Transitoria del organismo alberga a ocho usuarios, siete de ellos varones, mientras que durante los últimos 18 meses se ha brindado atención a 45 adultos mayores, predominando también la población masculina.

La explicación institucional apunta a factores como enfermedades, pérdida de contacto con familiares o dificultades para recordar información personal. Sin embargo, los datos también revelan otra realidad: los hombres participan menos en programas de acompañamiento y redes comunitarias. De los cerca de 220 adultos mayores inscritos en actividades recreativas del DIF, apenas alrededor de 40 son hombres.

La paradoja resulta inevitable. Durante décadas, el hombre fue identificado como proveedor, protector y sostén del hogar. Pero al llegar a la vejez, son ellos quienes aparecen con mayor frecuencia en escenarios de abandono y soledad.

Si históricamente se ha sostenido que los hombres ocupaban una posición privilegiada dentro de la familia, ¿por qué son ellos quienes terminan con mayor frecuencia solos cuando dejan de ser necesarios?

Recuperar el mérito, no el privilegio

Para diversos sectores que participan en este debate, la discusión actual no gira en torno a cuestionar los avances alcanzados en materia de igualdad, sino a analizar si algunas políticas públicas y determinados criterios de interpretación han generado nuevas percepciones de desequilibrio.

Desde esta perspectiva, sostienen que la discusión sobre la justicia familiar, la representación política y los derechos parentales debe centrarse en principios de capacidad, mérito, responsabilidad y evaluación individual, evitando que el género se convierta en un factor determinante por sí mismo.

No se trata de atacar la legítima búsqueda de equidad de condiciones, sino de señalar cómo las cuotas de género sin mérito y las leyes asimétricas han desmantelado la neutralidad de la justicia. Hoy en día, ocupar cargos políticos o ganar la patria potestad parece depender más de un cromosoma que de la capacidad, la ética o el esfuerzo.

En ese contexto, el Día del Padre representa también una oportunidad para reflexionar sobre el funcionamiento de la justicia familiar y sobre la necesidad de que los conflictos relacionados con custodia, convivencia y obligaciones parentales sean resueltos con base en pruebas, circunstancias particulares e interés superior de niñas, niños y adolescentes, y no por el género de quien se sienta en el banquillo de los acusados.

Al final, más allá de las diferencias de opinión, existe un punto de coincidencia: los hijos de padres separados merecen instituciones capaces de garantizar decisiones justas, equilibradas y orientadas a su bienestar integral, una ley que proteja a sus protectores.

Rutas para fortalecer la igualdad parental en México

A partir del debate sobre el Día del Padre y el funcionamiento de la justicia familiar, se plantean una serie de líneas de acción que buscan fortalecer la igualdad sustantiva entre madres y padres, no solo en el marco legal, sino también en su aplicación cotidiana dentro de los procesos familiares.

Más que señalar fallas, estas propuestas abren caminos posibles para consolidar un modelo de corresponsabilidad parental más equilibrado, transparente y cercano a la realidad social.

1.- Fortalecer la neutralidad real en la justicia familiar

Impulsar mecanismos más sólidos de valoración en casos de custodia y convivencia, basados en criterios técnicos que prioricen el bienestar de niñas, niños y adolescentes sin sesgos de género.

2.- Mejorar la transparencia en las decisiones judiciales familiares

Establecer criterios más claros y accesibles sobre la forma en que se resuelven los casos familiares, para reducir la percepción de discrecionalidad en los tribunales.

3.- Dar mayor certeza en el cálculo de las pensiones alimenticias

Crear herramientas públicas de referencia que orienten a madres y padres sobre los criterios de cálculo, generando mayor claridad desde el inicio de los procesos.

4.- Proteger los procesos familiares de la presión social y mediática

Reforzar la confidencialidad de los expedientes y evitar que los conflictos familiares se vean influidos por la opinión pública o la exposición en redes sociales.

5.- Impulsar la corresponsabilidad parental como regla, no como excepción

Establecer planes de crianza compartida como parte estándar de los procesos de separación, promoviendo la participación activa de ambos progenitores.

6.- Fortalecer la atención institucional para madres y padres por igual

Ampliar los servicios de defensoría pública y acompañamiento psicológico para garantizar que ambos tengan acceso a apoyo integral.

7.- Reconocer la violencia familiar en todas sus formas y hacia cualquier persona

Consolidar mecanismos de atención sin distinción de género, que permitan visibilizar y atender todas las expresiones de violencia dentro del hogar.

8.- Incluir la paternidad en las políticas sociales y de bienestar

Diseñar programas específicos que reconozcan al padre no solo como proveedor, sino también como una figura activa en el cuidado, la crianza y el desarrollo emocional de los hijos.

9.- Evaluar el impacto real de las políticas de igualdad en la estructura familiar

Medir de forma integral cómo las políticas públicas afectan a madres, padres e hijos, incorporando indicadores de corresponsabilidad y cohesión familiar.

10.- Posicionar la paternidad como un eje central en la vida pública

Impulsar campañas, reformas y programas que reconozcan social e institucionalmente el papel del padre, no solo en fechas conmemorativas, sino como parte estructural de la familia mexicana.

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La igualdad moderna implica dejar atrás los viejos conceptos de MACHISMO Y FEMINISMO para dar paso a una IGUALDAD MERITORIA y MODERNA, en la que la competencia civilizada por los espacios y derechos se sustente en los principios de desarrollo humano y no se otorguen privilegios por el simple hecho de ser indígena, hombre, mujer o integrante de la comunidad LGTB+. Los espacios de representación social, pública y política no son potestad de ningún individuo o grupo en particular. En México damos la impresión de vivir con un siglo de retraso, incapaces de superar nuestro pasado, mientras numerosos países han avanzado hacia esquemas de igualdad jurídica en los que prevalece el principio de no discriminación y donde los derechos no dependen de circunstancias de nacimiento, sino de la condición universal de ciudadanía, sin darnos cuenta de que proclamas como “mujer con A” solo nos aleja de lo que ya ha sido superado en el mundo civilizado. Feliz Día del Padre.

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