17 octubre, 2026

Nuevo megadesarrollo afectaría 251 hectáreas de selva

REDACCIÓN

PLAYA DEL CARMEN.- Un proyecto denominado Hazul plantea el cambio de uso de suelo de 251.11 hectáreas de selva mediana subperennifolia “en proceso de recuperación”, en un predio de 424.85 hectáreas al norte de Playa del Carmen. Contempla viviendas, comercios, un hotel de 280 habitaciones, una playa artificial y una cadena de lagos inducidos.

El proyecto, promovido por Arquitectoma Playa, ingresó a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de Semarnat mediante una Manifestación de Impacto Ambiental. La propuesta se desarrollaría en nueve etapas, con periodos estimados de cinco años.

Uno de los componentes es el sistema de cuerpos de agua, con una superficie de 908 mil 217 metros cuadrados, y una playa artificial de 11 mil 20 metros cuadrados, pese a que el terreno no tiene frente costero.

La propia documentación explica que el predio fue utilizado anteriormente como banco de materiales y que la extracción de roca caliza alcanzó el manto freático, originando cuerpos de agua que ahora serían integrados al complejo. El proyecto señala que las aguas residuales serían almacenadas herméticamente y retiradas por empresas autorizadas.

El expediente reporta especies sujetas a protección especial y amenazadas, entre ellas palma chit, nacax, pavo ocelado, iguana rayada y tortuga de monte mojina. Uno de los datos de mayor relevancia ambiental es la posible presencia de jaguar, especie catalogada en peligro de extinción. En este caso, el documento aclara que el registro deriva de entrevistas con personal de vigilancia, no de un avistamiento directo.

Arquitectoma Playa señala que el predio cuenta con autorizaciones estatales previas para el aprovechamiento de roca caliza y que la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente otorgó en 2023 una autorización para obras de urbanización.

Sin embargo, la nueva Manifestación de Impacto Ambiental abre la evaluación federal sobre el cambio de uso de suelo forestal y las obras proyectadas. El expediente deberá determinar sus posibles efectos sobre vegetación, fauna, suelo y agua, así como las condiciones que eventualmente se establezcan para su ejecución.

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