REDACCIÓN

CAMPECHE.- El proceso legal contra el periodista Jorge González Valdez, exdirector del medio Tribuna Campeche, registró una nueva modificación en su calendario. Una notificación judicial recibida este martes establece que la audiencia relacionada con su caso fue reprogramada para el jueves 8 de enero de 2026. Paralelamente, el comunicador fue citado a una audiencia de revisión de medidas cautelares el jueves 11 de diciembre, a las 12 horas.

En una decisión reciente, magistrados de la Sala Penal del Poder Judicial de Campeche rechazaron revocar las medidas cautelares impuestas contra González Valdez y la plataforma Tribuna. Los magistrados Concepción del Carmen Canto Santos, José Enrique Adam Richaud y Virna Caballero fundamentaron su resolución en que dichas disposiciones “no infringen garantías individuales” y tienen como propósito la protección de los derechos de la quejosa, la gobernadora Layda Sansores.

Estas medidas implican la supervisión judicial previa de los contenidos que se pretendan publicar acerca de la mandataria estatal.

La controversia judicial se originó a partir de una queja presentada por la gobernadora Layda Sansores en abril de 2023. En dicha denuncia, acusó a la Organización Editorial del Sureste, S.A. de C.V., empresa editora del medio, y a su entonces director, Jorge González Valdez, por el delito de incitación al odio, considerado en la legislación local como violencia política por razón de género.

La Fiscalía General del Estado abrió la carpeta de investigación CI-2-2023-2884 por estos hechos. En diversos pronunciamientos públicos, la gobernadora Sansores ha sostenido que su objetivo no es una sanción carcelaria, sino detener lo que califica como “campañas de calumnia en su contra”.

El periodista enfrenta además otras demandas civiles y penales. En mayo de 2025, un juzgado local condenó a la Organización Editorial del Sureste y a González Valdez al pago de dos millones de pesos por daño moral, a favor del coordinador de Comunicación del gobierno estatal, Walther Patrón Bacab.

De manera separada, la exsecretaria de Desarrollo Territorial, Karla Gelsie Sánchez Sosa, interpuso una demanda por los delitos de odio y calumnia contra la empresa y el comunicador.

Este caso judicial en Campeche proyecta una sombra sobre los límites de la libertad de prensa. La imposición de una supervisión judicial previa a las publicaciones sobre una figura gubernamental en funciones crea un precedente delicado. Este mecanismo, presentado como una medida de protección, opera en la práctica como una censura encubierta al someter el contenido periodístico a la autorización de un tribunal antes de su difusión.

Cuando el poder estatal utiliza el sistema judicial para disputar contenidos informativos, el equilibrio entre reputación y libertad de expresión se altera. El verdadero peligro reside en la normalización de estos procedimientos, que pueden transformar las cortes en instrumentos para silenciar el escrutinio público. La salud de una democracia se mide por la vitalidad de su prensa, y cualquier restricción previa a su trabajo erosiona ese fundamento.

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