MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México indicó que las autoridades mexicanas deben atender las solicitudes que los ciudadanos efectúen a través de redes sociales, conforme a lo establecido en el artículo 8º constitucional relativo al ejercicio del derecho de petición. La Primera Sala de la SCJN tomó dicha decisión respecto de un juicio de amparo indirecto promovido por una persona que, a partir de Twitter, formuló tres peticiones al Ayuntamiento de Guadalajara que no fueron respondidas por dicha autoridad, argumentando que no se trataba de peticiones de carácter formal.

