Aunque mentir ante una autoridad constituye un delito para un ciudadano común, la inexistencia de castigo para la falsedad deliberada de políticos y servidores públicos la ha normalizado y convertido en una herramienta funcional en el ejercicio del poder
SALVADOR CANTO / EQUIPO DE INVESTIGACIÓN DE EL DESPERTADOR
Mientras en Gales, uno de los países que integran Reino Unido, la mentira política ya tiene consecuencias legales a partir de enero del 2026, en México mentir desde el poder sigue siendo una práctica sin consecuencias. No importa si la falsedad se emite desde una campaña, una tribuna legislativa, un informe de gobierno o una conferencia presidencial: no existe una figura jurídica que sancione de forma directa la mentira deliberada dirigida a la sociedad.
El contraste evidencia un vacío legal profundo. En México no existe una figura jurídica autónoma que sancione la falsedad deliberada de políticos o servidores públicos cuando esta se emite desde tribunas oficiales, informes de gobierno, campañas electorales o conferencias de prensa. Aunque mentir ante una autoridad constituye un delito para un ciudadano común, que lo haga un funcionario frente a millones de personas desde el poder no lo es. Esta omisión ha permitido que la mentira se institucionalice, se repita y se vuelva funcional al ejercicio político.
Pero el problema no se limita a servidores públicos en funciones. La mentira en la vida pública, proveniente de funcionarios, legisladores, militantes o dirigentes de partidos políticos, e incluso de cualquier individuo con influencia en la esfera pública, carece de una sanción específica cuando su impacto es colectivo. Más aún, en un entorno donde se han impulsado y aprobado leyes que establecen sanciones contra periodistas por el contenido de sus publicaciones, el desequilibrio se vuelve más evidente: se regula y castiga la expresión crítica, pero no existe una figura clara que responsabilice la falsedad deliberada emitida desde posiciones de poder o influencia política.
Para el abogado Luis Armando Esquiel Orozco, expresidente de la Barra de Abogados de Quintana Roo, este fenómeno es uno de los factores centrales del deterioro institucional del país. “Hoy las mentiras están al extremo. Los primeros que no deben mentir son los gobiernos”, sostiene. Su diagnóstico apunta a una asimetría estructural: cuando un ciudadano omite declarar recursos o falsea información, enfrenta consecuencias legales; cuando lo hace un político o un actor con poder público, no pasa nada. La mentira, advierte, va de la mano con la corrupción, la falta de rendición de cuentas y la degradación de principios públicos.
Las consecuencias no son abstractas. La desinformación oficial y la falsedad en la vida pública distorsionan decisiones ciudadanas, ocultan responsabilidades, justifican opacidad y debilitan la confianza democrática. En este contexto, el precedente de Gales deja de ser una curiosidad internacional y se convierte en una pregunta urgente para México: si la mentira es intencional, comprobable y socialmente dañina, ¿por qué sigue siendo impune cuando proviene del poder o de quienes influyen en la esfera pública?
La mirada jurídica: cuando mentir desde el poder se vuelve impunidad

Para el abogado Luis Armando Esquiel Orozco, el problema de la mentira política en México no es solo ético ni discursivo, sino estructural. En diversas intervenciones públicas, ha sostenido que el sistema jurídico mexicano no distingue con claridad entre libertad de expresión y falsedad deliberada, lo que ha permitido que funcionarios mientan sin consecuencias siempre que lo hagan desde la tribuna del poder.
Esquiel advierte que la impunidad de la mentira genera un efecto acumulativo: normaliza el engaño, debilita la confianza institucional y distorsiona la toma de decisiones públicas. Desde su experiencia como expresidente de la Barra de Abogados de Quintana Roo Colegio Profesional A.C., señala que el derecho mexicano sanciona el engaño entre particulares —fraude, dolo, falsedad—, pero tolera el engaño cuando proviene del Estado, incluso si afecta derechos colectivos.
Uno de sus planteamientos centrales es que la mentira reiterada y comprobable puede y debe analizarse como una forma de abuso de poder, particularmente cuando se utiliza para justificar políticas públicas, ocultar responsabilidades o evadir controles democráticos. No se trata de criminalizar el discurso político, subraya, sino de cerrar un vacío legal que hoy permite que la mentira funcione como herramienta de gobierno sin consecuencias institucionales claras.
La “mañanera”: epicentro de la mentira institucional


Ningún espacio público simboliza mejor la normalización de la mentira política en México que la conferencia matutina presidencial desde la administración de Andrés Manuel López Obrador. Convertida en el principal instrumento de comunicación del Ejecutivo, la “mañanera” ha funcionado como una plataforma donde afirmaciones no verificadas, datos imprecisos y versiones contradictorias se emiten desde la máxima investidura del Estado, sin consecuencias legales posteriores.
Diversas organizaciones, han documentado que desde este espacio se ha recurrido de forma reiterada a la descalificación de periodistas, medios y organizaciones civiles, utilizando información falsa o incompleta para desacreditarlos públicamente. Este uso del discurso oficial no solo afecta la libertad de expresión, sino que distorsiona el derecho ciudadano a recibir información veraz.
En su momento, el Instituto Nacional de Transparencia que era un órgano autónomo (desaparecido en marzo del 2025 y sustituido por la Transparencia para el Pueblo operado por el gobierno), ordenó en múltiples ocasiones a dependencias federales corregir o transparentar información que contradijo declaraciones realizadas en conferencias oficiales. Aun así, las afirmaciones falsas permanecen en el espacio público sin rectificación equivalente.
El problema no es la existencia de un ejercicio comunicativo diario, sino la ausencia total de responsabilidad jurídica cuando desde ahí se miente. Mientras no exista sanción, la conferencia seguirá operando como un espacio donde la mentira institucional no solo se tolera, sino que se reproduce sistemáticamente.
Una mentira recurrente fue la afirmación de que México tiene mejores servicios de salud que Dinamarca, cuando la realidad evidencia completamente lo contrario.
El precedente de Gales: la mentira en el código penal
En enero de 2026, Gales, como parte del Reino Unido, dio un paso inédito al tipificar como delito penal la mentira deliberada durante campañas electorales. La decisión partió de un diagnóstico claro: la democracia no puede sostenerse únicamente en la buena fe de los candidatos cuando el engaño consciente distorsiona la voluntad del electorado.

La legislación galesa se centra en tres elementos fundamentales: declaración falsa o engañosa, intencionalidad y capacidad de influir directamente en el voto. No castiga opiniones, interpretaciones políticas ni errores honestos; sanciona el engaño deliberado. De esta forma, la ley protege tanto la libertad de expresión como el derecho ciudadano a decidir con información veraz.
El modelo surgió tras múltiples investigaciones periodísticas y debates parlamentarios que documentaron el impacto real de la desinformación electoral en procesos democráticos locales. El objetivo no fue moralizar la política, sino establecer consecuencias jurídicas claras cuando la mentira se utiliza como estrategia electoral.
El precedente galés demuestra que es posible judicializar la mentira política sin caer en censura. Más aún, establece un estándar internacional que obliga a otros países a preguntarse si la impunidad del engaño desde el poder es compatible con una democracia funcional.
Maquillar cifras: cuando la mentira tiene consecuencias reales
No todas las mentiras políticas son retóricas ni simbólicas. Algunas tienen efectos directos sobre la vida y la seguridad de las personas. Manipular cifras de homicidios, desapariciones, accidentes, contagios o impactos sanitarios no es solo una falta ética: es una distorsión deliberada que conduce a políticas públicas equivocadas.


La propia Auditoría Superior de la Federación ha documentado diferencias significativas entre cifras oficiales presentadas por dependencias federales y los resultados de auditorías sobre seguridad, salud y programas sociales. Estas discrepancias no son menores: afectan presupuestos, prioridades y respuestas institucionales. Ocultar la magnitud del problema no lo resuelve; lo agrava.
De hecho, durante la pandemia de COVID-19, organismos como la Organización Mundial de la Salud advirtieron que minimizar riesgos, relativizar la capacidad de contagio o difundir mensajes sin sustento científico incrementaría la vulnerabilidad social. En México, afirmaciones oficiales contrastaron con la saturación hospitalaria, la escasez de medicamentos y la falta de personal médico, evidenciando una brecha entre discurso y realidad.
Cuando el Estado maquilla cifras, la mentira deja de ser narrativa política y se convierte en negligencia institucional, con consecuencias humanas que no pueden justificarse ni corregirse con propaganda.
Seguridad nacional: el paraguas de la mentira y la opacidad
Uno de los mecanismos más sofisticados para mentir sistemáticamente es ocultar la información. En los últimos años, la clasificación de asuntos como “seguridad nacional” se ha convertido en un recurso recurrente para evadir la rendición de cuentas, reservar información pública durante años y proteger decisiones gubernamentales cuestionables.

Antes de su desaparición, el Instituto Nacional de Transparencia advirtió que la reserva de información debería ser excepcional y estrictamente justificada. Sin embargo, en la práctica actual, esta figura se sigue utilizado para ocultar contratos, estudios técnicos, costos reales, impactos ambientales y responsabilidades administrativas vinculadas a obras públicas y decisiones estratégicas. Cuando la reserva no protege al Estado, sino al funcionario, la opacidad se convierte en una forma de mentira institucional.
La Auditoría Superior de la Federación también ha documentado que la falta de información completa dificulta la fiscalización del gasto público y la identificación de responsabilidades, generando un entorno propicio para la impunidad. Clasificar información no corrige errores, solo los posterga.
La seguridad nacional no puede ser un comodín discursivo para ocultar ineptitud, desorden administrativo o desvío de recursos. Cuando se utiliza así, la mentira no se dice: se decreta, y el daño al derecho ciudadano a la verdad se profundiza.
México: sin sanción, sin inhibición, sin verdad
En México, mentir desde el poder no tiene consecuencias jurídicas directas, incluso cuando el engaño es verificable, reiterado y con impacto público. El marco legal vigente carece de mecanismos eficaces para sancionar la mentira deliberada cuando proviene de funcionarios o actores políticos con capacidad de decisión.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el debate público debe ser robusto y tolerante, incluso frente a expresiones polémicas. Sin embargo, este estándar, pensado para proteger la crítica y la pluralidad, ha sido utilizado en la práctica como escudo para la desinformación oficial, sin distinguir entre opinión y falsedad comprobable.
En el ámbito electoral, el Instituto Nacional Electoral puede sancionar irregularidades administrativas o de financiamiento, pero no cuenta con atribuciones para castigar la mentira como estrategia política, aun cuando distorsione el voto informado. Fuera de ese terreno, la Fiscalía General de la República (FGR) solo puede intervenir si el engaño encuadra en delitos ya tipificados, como fraude o falsedad documental, dejando fuera la mayoría de las declaraciones públicas engañosas.
El resultado es un sistema donde mentir sale barato. Sin sanción, no hay inhibición; y sin inhibición, la mentira se normaliza como herramienta de gobierno, erosionando la confianza pública y debilitando la democracia desde dentro.
La mentira: más fácil de probar que el hecho

En el debate público suele afirmarse que muchos abusos del poder son difíciles de demostrar. Y es cierto. Daños ambientales, desvíos de recursos públicos o negligencias administrativas suelen quedar ocultos bajo expedientes reservados, clasificaciones de “seguridad nacional” u omisiones deliberadas. Informes recientes de la Auditoría Superior de la Federación han documentado reiteradamente diferencias sustanciales entre lo anunciado oficialmente y los datos reales sobre costos, plazos y alcances de obras públicas.
Sin embargo, la mentira como tal sí puede probarse, y en muchos casos resulta más sencilla de acreditar que el hecho que se pretende ocultar. Basta identificar qué se dijo, cuándo se dijo y contrastarlo con información verificable. De acuerdo con criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la falsedad de declaraciones es jurídicamente acreditable cuando existe prueba documental o evidencia objetiva que contradiga lo afirmado.
El propio Código Penal Federal establece sanciones por mentir ante una autoridad, lo que demuestra que la mentira no es una noción abstracta, sino un acto jurídicamente comprobable. Además, resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia han obligado a dependencias públicas a corregir o transparentar información que contradijo versiones oficiales, confirmando que la mentira deja rastro.
El problema en México no es la imposibilidad legal de sancionar la mentira, sino la ausencia de una figura específica cuando esta se dirige deliberadamente a la sociedad desde el poder.
Historia selectiva y soberanía como discurso político
La mentira política no se limita a cifras o promesas incumplidas; también se expresa en la manipulación selectiva de la historia. El pasado se utiliza como herramienta discursiva para legitimar decisiones presentes, omitiendo hechos incómodos y exaltando solo aquellos que refuerzan el relato oficial. Esta práctica no es memoria histórica: es construcción política del pasado.


Diversos estudios académicos y análisis del Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México advierten que la historia nacional es compleja, contradictoria y atravesada por derrotas, negociaciones forzadas e imposiciones extranjeras. Sin embargo, desde el discurso oficial se insiste en una narrativa simplificada de soberanía, donde ciertos episodios —como la invasión estadounidense de 1846 y la pérdida de más de la mitad del territorio— son minimizados, mientras otros se utilizan de forma selectiva para fines políticos actuales.
Esta omisión deliberada también es una forma de mentira. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha señalado que el derecho a la verdad no solo aplica a violaciones contemporáneas, sino también a la información histórica que el Estado comunica a la sociedad. Distorsionar el pasado desde el poder condiciona la identidad colectiva, empobrece el debate público y refuerza narrativas oficiales que evaden responsabilidades históricas y presentes.
Cuando la historia se acomoda al discurso, la mentira se vuelve política pública.
La mentira institucional y el daño desde la investidura
La mentira adquiere una dimensión más grave cuando se emite desde una investidura pública. No es lo mismo una falsedad dicha por un ciudadano que una afirmación falsa pronunciada por quien concentra poder político, recursos públicos y capacidad de influencia masiva. Cuando un funcionario miente, descalifica o estigmatiza desde una tribuna oficial, no ejerce solo su derecho a opinar: ejerce poder.

Organizaciones como Artículo 19 han documentado de manera sistemática cómo el discurso oficial se utiliza para desacreditar a periodistas, medios de comunicación y voces críticas, generando un entorno de hostilidad que inhibe la libertad de expresión. Estas prácticas, advierten, no son retórica política: tienen efectos reales en la seguridad, la reputación y el trabajo informativo.
Desde una perspectiva institucional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha señalado que los servidores públicos están obligados a conducirse bajo principios de legalidad, honradez y veracidad, precisamente porque sus palabras tienen impacto directo en los derechos de terceros. Cuando la mentira proviene del poder, el daño es mayor: se erosiona la confianza pública y se distorsiona el debate democrático.
Sin embargo, en México no existe sanción alguna por mentir desde la investidura, lo que ha permitido que la falsedad se normalice como parte del ejercicio gubernamental.

Propuestas para legislar la mentira de funcionarios públicos en México
1. Penalizar la mentira desde el servicio público
Establecer en la ley que mentir deliberadamente desde un cargo público sea delito, cuando se haga con conocimiento de su falsedad y genere afectación comprobable en derechos, políticas públicas o procesos democráticos.
No se sancionan opiniones ni errores razonables; se sanciona el engaño consciente desde el poder.
2. Tipificarla también como falta administrativa grave
Además del ámbito penal, incorporar la conducta en la Ley General de Responsabilidades Administrativas como falta grave, es decir, que la responsabilidad sea proporcional al daño causado con sanciones como:
• Inhabilitación
• Destitución
• Suspensión
• Multas
3. Definir con precisión qué constituye mentira institucional

Para evitar abusos, la ley debe establecer que solo se sancione cuando:
• La información sea objetivamente falsa
• Exista evidencia de que el funcionario sabía que era falsa
• Se haya emitido en ejercicio del cargo
• Exista impacto verificable
4. Activación a través de órganos autónomos
Las investigaciones no deben depender del gobierno en turno.
Deben intervenir instancias técnicas y autónomas, como:
• Instituto Nacional Electoral, si hay impacto electoral
• Órganos internos de control
• La Secretaría de la Función Pública
• Fiscalías Generales tanto de la República como Estatales
• Con revisión constitucional posterior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
5. Armonizar el marco penal, administrativo y electoral
Si la mentira afecta elecciones, políticas públicas o recursos públicos, debe tener consecuencias en cada ámbito correspondiente. No puede quedar en una sola vía.
6. Establecer mecanismos claros de denuncia ciudadana
Permitir que ciudadanos, periodistas y organizaciones puedan presentar denuncias formales cuando detecten información oficial falsa, con procedimientos técnicos y plazos definidos.
7. De ser necesario, someter la propuesta a consulta pública nacional
Antes de su aprobación, impulsar una consulta pública formal, similar a ejercicios recientes promovidos por el Estado mexicano, para que la ciudadanía participe en la discusión sobre si la mentira desde el poder debe ser sancionada penalmente y en qué condiciones.
Esto fortalecería la legitimidad democrática de la reforma.
8. Enviar un mensaje institucional claro
Legislar en esta materia significaría establecer un principio básico: el ejercicio del poder no incluye el derecho a mentir impunemente.
9. Crear mecanismos concretos de denuncia y verificación
Diseñar procedimientos accesibles para que ciudadanos, periodistas y organizaciones civiles, puedan solicitar la revisión de información oficial falsa, con criterios técnicos, no políticos.
10. Instancias que deberían estar involucradas
• Congreso de la Unión: Reformar y armonizar las leyes.
• Suprema Corte de Justicia de la Nación: Garantizar constitucionalidad y proporcionalidad.
• Instituto Nacional Electoral: En casos de impacto electoral.
• Secretaría de la Función Pública y órganos internos de control: Investigación y sanción administrativa.
• Fiscalías y tribunales: Cuando la conducta escale al ámbito penal.

